Requisitos y documentos del ICA y aerolíneas para viajar con mascotas en avión desde Colombia

El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y las aerolíneas que operan en Colombia exigen el cumplimiento de controles sanitarios y operacionales para el transporte aéreo de animales de compañía y mascotas. Presentar la documentación requerida y cumplir con las especificaciones de peso y contenedor garantiza el embarque en vuelos nacionales e internacionales.

Normativa sanitaria y trámite del Certificado de Inspección Sanitaria del ICA

Para los vuelos internacionales, el ICA exige completar un trámite previo obligatorio dentro de los 5 días anteriores a la fecha de salida. El proceso inicia con el registro del usuario en el Sistema de Información Sanitario para Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios (SISPAP) y la consulta de las exigencias sanitarias del país de destino.

Posteriormente, un médico veterinario o médico veterinario zootecnista registrado ante el ICA debe realizar la valoración del animal, emitir el certificado de salud y el carné de vacunación, y cargar dichos soportes en la plataforma SISPAP. Una vez subida la información, el viajero recibe una notificación por correo electrónico con el enlace para el pago del trámite mediante PSE, quedando habilitado para acudir a la oficina del ICA ubicada en el puerto, aeropuerto internacional o paso fronterizo terrestre para la expedición final del certificado.

Condiciones de transporte en cabina y bodega según las aerolíneas

Las empresas transportadoras imponen restricciones de peso y dimensiones en sus operaciones comerciales para el equipaje de mascotas:

Modalidad de transportePeso máximo permitido (mascota + contenedor)Especificaciones del contenedor
En Cabina8 kg a 10 kgFlexible o semirrígido, impermeable, ventilado y apto para ubicarse debajo del asiento delantero.
En Bodega8 kg a 20 kgRígido, impermeable y con sistema de ventilación.

Las autoridades recomiendan verificar la disponibilidad de cupos por aeronave y las políticas internas de cada aerolínea con varios días de anticipación al vuelo.

Regulaciones para animales de servicio y perros de asistencia

Los animales de asistencia y lazarillos que apoyan a personas con discapacidad cuentan con parámetros específicos para el abordaje en cabina sin necesidad de guacal:

  • Edad y tamaño: Requieren una edad mínima de 6 meses y pertenecer a razas pequeñas o medianas con un límite de peso de hasta 35 kilogramos. Los perros de razas grandes no son aceptados en la cabina.
  • Documentación y equipamiento: Se debe presentar un certificado médico en papel membretado que acredite la condición de discapacidad del pasajero y la necesidad de la asistencia. El perro debe portar su arnés de adiestramiento.
  • Ubicación a bordo: Los pasajeros acompañados por estos animales no pueden ocupar asientos en filas de salida de emergencia.
  • Seguridad y conducta: Las razas consideradas potencialmente peligrosas (como Pitbull, Doberman, Rottweiler, Pastor Alemán, Gran Danés, Akita, American Bully, Bullmastiff, Bull Terrier, Mastín Napolitano, Presa Canario y Staffordshire) deben viajar obligatoriamente con bozal. El animal debe mantener comportamiento obediente sin ladrar, gruñir o saltar sobre otros usuarios.

Verificación de requisitos antes del abordaje

Las autoridades sanitarias y las aerolíneas aconsejan a los viajeros adelantar la gestión de permisos con suficiente antelación a las temporadas de alta demanda. La falta de alguno de los documentos sanitarios o el incumplimiento de las medidas de los contenedores genera la cancelación inmediata del abordaje de la mascota.

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